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Mostrando entradas de diciembre, 2025

TRÁMITE DE VALIDACIÓN DEL ACUERDO DE REORGANIZACIÓN DE INDEPENDENCE

El 30 de diciembre de 2025, a través de apoderada especial, INDEPENDENCE solicitó ante el Centro de arbitraje y conciliación de la Cámara de comercio de Bogotá, una solicitud para la integración de un Tribunal Arbitral para la resolución de objeciones no conciliadas y la validación del Acuerdo de Recuperación Empresarial. La información se publica en el Blog para que los acreedores tengan conocimiento de los avances sobre el particular .  

ACUERDO DE REORGANIZACIÓN CELEBRADO

Se informa a los acreedores que en el siguiente enlace pueden consultar el acuerdo de reorganización celebrado por los acreedores de INDEPENDENCE vinculados al trámite del PRES:  ACUERDO Y ANEXOS Como mediador me encuentro corroborando y analizando la información para rendir la certificación a la que se refiere el ordinal ii. del numeral 1 del artículo 6 del Reglamento único de las cámaras de comercio para el PRES. No obstante lo anterior, se recuerda a las partes que el trámite termina el 2 de enero de 2026, fecha en la que podrán todavía presentar las objeciones u observaciones que consideren pertinentes.   

PRONUNCIAMIENTO DEL MEDIADOR FRENTE A LAS OBJECIONES

Con relación a las objeciones recibidas a la fecha, me permito informar que no se ha tenido pronunciamiento distinto por parte de INDEPENDENCE a aquél publicado en el BLOG el pasado 5 de diciembre. Sin embargo, en las múltiples conversaciones adelantadas con la compañía se ha podido llegar a conclusiones que pasan a exponerse: Las objeciones, en términos generales, se pueden agrupar en tres grupos: Acreedores que piden ser reconocidos en la cuarta (4) clase de créditos por considerarse proveedores estratégicos. Acreedores que solicitan el reconocimiento de intereses corrientes y/o de mora. Acreedores que disputan los valores reconocidos. La respuesta de la compañía, frente a cada uno de esos grupos, siguiendo el orden arriba planteado es: Salvo en los casos expresamente aceptados por INDEPENDENCE, no hay lugar a modificación de la calificación y graduación de créditos. El asunto se deja en manos del juez de la validación. No obstante lo anterior, teniendo en cuenta que en el acuerdo se...

INVITACIÓN A LOS ACREEDORES A PARTICIPAR EN LA POSTULACIÓN DE TURNOS DE PAGO

INDEPENDENCE ME HA ENCOMENDADO TRANSMITIR EL SIGUIENTE MENSAJE PARA TODOS LOS ACREEDORES: "Estimados acreedores: En el marco del Proceso de Recuperación Empresarial (PRES) y de cara a la aceptación del acuerdo de pago, queremos invitarlos a participar activamente en la elección del turno que mejor se ajuste a las características y condiciones de su crédito, como lo han venido haciendo. Teniendo en cuenta que el Turno 1 aún cuenta con un 48 % de cupos disponibles y el Turno 2 con un 10 %, hemos decidido ampliar el plazo para optar y votar por alguno de estos turnos hasta el próximo 23 de diciembre de 2025. Esta es una oportunidad clave para definir de manera informada y oportuna la alternativa que mejor responda a sus intereses. Los invitamos a no dejar pasar este espacio de decisión y, si como proveedor cumplen con los requisitos para acceder a alguno de los turnos, realizar su elección y emitir su voto antes del 23 de diciembre. Su participación es fundamental para avanzar juntos...

PUBLICACIÓN DEL ACUERDO DE REORGANIZACIÓN EN SU VERSIÓN FINAL Y FORMATO DE VOTO

Se pone a consideración de los acreedores el ACUERDO DE REORGANIZACIÓN que INDEPENDENCE plantea dentro del trámite del PRES ( CONSULTE EL TEXTO AQUÍ ). Los acreedores pueden proceder al análisis del documento y a la presentación de su voto con relación al mismo. La compañía ha preparado una guía para la mejor comprensión del acuerdo, la cual puede ser consultada AQUÍ . El formato para la presentación del voto puede ser descargado ( AQUÍ ). Los acreedores pueden hacer las modificaciones que consideren pertinentes al formato de voto. El voto de las personas jurídicas deberá ser enviado junto con el certificado de existencia y representación legal del acreedor y copia de la cédula de ciudadanía del representante legal que lo firma. En el caso de las personas naturales basta con adjuntar la cédula de ciudadanía al voto. De igual forma, los acreedores que consideren que el acuerdo contiene alguna cláusula que sea ilegal podrán manifestarlo. No obstante lo anterior, se reitera que el MEDIADO...

RESPUESTA DE INDEPENDENCE A LAS OBJECIONES

Ayer fue recibida la respuesta a las objeciones por parte de INDEPENDENCE. El pronunciamiento puede ser consultado  AQUÍ . En los próximos días estaremos revisando que no haya objeciones sin responder/resolver. Así mismo, publicaremos el acuerdo definitivo para ponerlo a consideración de los acreedores.